Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 29 de Noviembre de 2013, expediente FCB 031130022/2011

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2013
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A 31130022/2011 M.D.D. c/ ESTADO NACIONAL (M. DE JUST., SEG. Y DDHH - POLICÍA FEDERAL ARGENTINA)

s/CIVIL y COMERCIAL-VARIOS En la Ciudad de Córdoba a veintinueve días del mes de octubre del año dos mil trece, reunida en Acuerdo la Sala "A" de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

MARTINEZ, DANIEL DARÍO C/ ESTADO NACIONAL (M. DE JUST., SEG. Y DDHH – POLICÍA FEDERAL ARGENTINA – CIVIL Y COMERCIAL – VARIOS

(FCB31130022/2011/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, en contra de la Resolución N° 22 de fecha 19 de febrero de 2013, dictada por el señor juez a cargo del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba en cuanto dispuso, rechazar la demanda incoada por el Sr. D.D.M. en contra del Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina; imponiendo las costas por el orden causado atento tratarse de una cuestión susceptible de provocar dudas razonables de derecho (art. 68, 2da. parte del CPCCN), a cuyo fin reguló los honorarios a la letrada patrocinante de la parte actora -Dra. I.L.O.-

en la suma de pesos un mil ($ 1000) y a la apoderada de la demandada -Dra.

M.L.C.- en la suma de pesos un mil ochocientos ($ 1800).-

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: J.V.M. –I.M.V.F. –C.J.L..

El señor Juez de Cámara Subrogante, doctor J.V.M., dijo:

  1. Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

    53 por la parte actora, en contra de la Resolución N° 22 de fecha 19 de febrero de 2013, dictada por el señor juez a cargo del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba en cuanto dispuso, rechazar la demanda incoada por el Sr. D.D.M. en contra del Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina; imponiendo las costas por el orden causado atento tratarse de una cuestión susceptible de provocar dudas razonables de derecho (art. 68, 2da. parte del CPCCN), a cuyo fin reguló los honorarios a la letrada patrocinante de la parte actora -Dra. I.L.O.- en la suma de pesos un mil ($ 1000) y a la apoderada de la demandada -Dra. M.L.C.- en la suma de pesos un mil ochocientos ($ 1800).-

  2. La accionante expresa agravios mediante escrito acompañado a fs. 60/61vta.. Su queja radica en el rechazo por parte del juez de grado del pedido de...

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