POR MARTA LUCIA PORTILLO

Número de registro403328
Fecha03 Octubre 2019
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por orden Juez 1ª. Inst. Distrito C. y C. 7ª Nom., Rosario, la Sec. suscribiente hace saber que en caratulados: “PLAN ROMBO S.A. c/ OTROS(D.N.I. 36.681.655) (D.N.I. 36.267.227) s/ EJECUCION PRENDARIA”, CUIJ 21-02890443-3 se ha dispuesto que la martillera Marta Lucía Portillo (mat. 1306-P-117) (C.U.I.T. 23-05629357-4) venda en pública subasta al último y mejor postor el día 09 de Octubre de 2019 a las 14:30 hs. en el Colegio de Martilleros, Moreno 1546, Ros., y con la condición de que si dicho día resulta inhábil y/o por razones de fuerza mayor no pudiere realizarse la subasta, la misma será reprogramada, el siguiente vehículo: El automotor marca RENAULT tipo sedán 5 puertas, modelo CLIO MIO 5P CONFORT, motor marca RENAULT Nº D4FG728Q252365, carrocería marca RENAULT Nº 8A1BB2U01HL448839, Año 2016, Dominio AA 454 UM.- Del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor de Villa Gobernador Gálvez surge que consta inscripto el dominio a nombre del codemandado; prenda por $ 227.824.- inscripta con fecha 23/08/2016 perteneciente a los autos que ejecutan; no registrando embargos e inhibiciones, saldrá a la venta con la base de $ 230.000.- retasa del 25% ($172.500)y última base retasa del 50% ($115.000), debiendo abonar quien resulte comprador, en el acto el 10% de comisión al martillero, siempre y cuando no supere la suma de $ 30.000, en cuyo caso abonará únicamente dicho importe y el saldo lo cancelará en la forma que convenga con el martillero, en el mismo acto. Asimismo abonará el total del precio de la venta, siempre y cuando no supere la suma de $30.000. Si se configurase este supuesto, abonará la suma de $ 30.000 en efectivo y en el acto, debiendo cancelar el saldo dentro de los tres días hábiles de realizada la subasta. El incumplimiento de esta exigencia conllevará la pérdida del importe abonado. En cual caso y de corresponder, deberán cumplimentarse las comunicaciones “A” 5147 y “A” 5212 del B.C.R.A. según circular Nº 79/11 de CSJSF,...

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