Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 13 de Julio de 2022, expediente CIV 036464/2003/CA002

Fecha de Resolución13 de Julio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

36464/2003

MARKARIAN DE NERGUIZIAN ALICIA c/ G.C.B.A. Y OTROS

s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, 13 de julio de 2022.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La citada en garantía acusó la caducidad de la segunda instancia en relación a los recursos concedidos libremente a fs. 1166 y 1170.

    El acuse de caducidad impulsado el 13/6/2022 no fue respondido por la parte actora.

  2. ) De la compulsa digital de las actuaciones se desprende que la sentencia de anterior grado que rechazó la demanda e impuso las costas en el orden causado, se dictó el 1/10/2014. Ambas partes la recurrieron,

    concediéndose los respectivos recursos ya individualizados.

    A partir de allí las actuaciones carecieron de impulso, y fueron paralizadas en numerosas ocasiones.

    Al rechazar un acuse de perención impulsado por la coaccionada GCBA, este tribunal señaló el 28/5/2018 que, si bien se advertía que desde el último acto impulsorio (de fecha 13/5/16) ni la actora ni los demandados impulsaron la causa a los fines del tratamiento de los recursos, al advertir que se encontraba pendiente la notificación al demandado rebelde de la sentencia recaída en la causa (fs.1190), era necesario cumplir dicha notificación para que se considere abierta la segunda instancia, por lo que, en dicho estado, este tribunal rechazó el incidente de caducidad impulsado en esa oportunidad.

    Posteriormente, los codemandados L. y R. pretendieron acusar la caducidad de la primera instancia, pretensión que fue rechazada por el magistrado de grado. Igual suerte denegatoria se dio el acuse impulsado por la citada en garantía el 18/2/2021.

    Ahora bien, de las constancias digitales se obtiene que el 24/2/2022 se agregó la cédula al referido demandado que se encontraba pendiente,

    diligenciada bajo responsabilidad de la citada en garantía con resultado positivo.

    Fecha de firma: 13/07/2022

    Alta en sistema: 14/07/2022

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    En las condiciones descriptas y transcurridos con holgura los tres meses que prescribe el art. 310 inc. 2° del CPCC sin que las partes impulsen el tratamiento de los recursos concedidos hace ya varios años, la citada en garantía promovió nuevamente incidente de caducidad.

    La caducidad de instancia es un modo de extinción del proceso, que tiene lugar cuando no se lo impulsa durante...

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