Por Maria Rosa Ybalo de Hasan

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2013

POR

MARIA ROSA YBALO DE HASAN

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la 11ª. Nom. Rosario, en autos MOLINARO OMAR IGNACIO c/OTRO s/CONCURSO ESPECIAL PRENDARIO, Expte. nº 1165/08 se ha dispuesto que la Martillera María Rosa Ybalo de Hasan (C.U.I.T. 27-06684228-8), venda en Pública subasta el día 18 de Noviembre de 2013 a las 16 hs. y/o el día hábil posterior de resultar inhábil el fijado, en la Asociación de Martilleros, Entre Ríos 238 Rosario. Un Rodado Marca Ford, Tipo Chasis con Cabina, Modelo Cargo 1416, Año 2001, Motor Marca Cummins Motor N° 30750128, Chasis Marca Ford, Chasis Nº 9BFXTNCF41DB03489, Dominio Don 374.- El bien saldrá a la venta con una Base de $ 135000- Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% de ese valor, y de persistir la falta de oferentes, una última retasa de $ 90.000.- retirándose de la venta en caso de reticencia. Se deja constancia que si por culpa del postor a quien se hubieran adjudicados los bienes, no tuviere efecto la venta, se procederá a nuevo remate. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante (10%), en efectivo y/o cheque certificado. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 B.C.R.A.), optando por los medios de pago mencionados o en su defecto, acreditar en el acto de subasta la transferencia bancaria del monto en la cuenta judicial que, previamente, deberá abrir el martillero en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a nombre del Juzgado. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de 24hs bancarias, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del C.P.C.C. En caso que dicho monto supere el importe de S 30.000, y a tenor de lo dispuesto por la Comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., deberá realizarse por transferencia intercambiaría. Si se incumpliere...

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