Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Septiembre de 2001, expediente Ac 82570

PresidentePettigiani-Salas-de Lázzari-Pisano-San Martín
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2001
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 82.570 “M., A.H.. Cohecho en causa nº 29.926. Recurso de hecho”.

//Plata, 19 de setiembre de 2001.

AUTOS Y VISTO:

Que las resoluciones de las Cámaras de Apelación y Garantías dictadas en los incidentes de recusación o excusación son irrevisables pues no está autorizada contra ellas la deducción de recurso o cuestión alguna (doct. “Acuerdos y Sentencias”, 1958-I-131; Ac. 35.146, 10-IX-1985; Ac. 59.129, 4-IV-1995, etc.).

Por ello, se desestima el...

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