Sentencia de SALA II, 6 de Febrero de 2015, expediente CCF 051725/1995/CA005

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2015
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 51725/1995 MAQUINAS EUROPEAS SACIFI Y A c/ ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS s/DEMANDAS CONTRA AGP Buenos Aires, 6 de febrero de 2015.- ER AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

1) Que a fs. 613 la señora juez se pronunció sobre la excepción de prescripción de la ejecutoria con relación a los honorarios correspondientes al Dr. A.M. y la consolidación de esa acreencia, cuestiones que la demandada articuló en su presentación de fs.

579/581.

Desestimó el primero de esos planteos y admitió el segundo en forma parcial, declarando consolidada la porción de los emolumentos que corresponden a las tareas cumplidas en el principal –que ascienden a la suma de $ 5.985– y excluidos de ese régimen los $ 4.400 que fueron regulados por el trámite de ejecución de sentencia. Luego, a fs. 615, dictó

una resolución aclaratoria sobre la imposición de las costas.

La demandada apeló esas decisiones, exponiendo sus agravios en la pieza de fs. 619/621, que se refieren tanto al rechazo de la prescripción articulada como a la admisión meramente parcial de la consolidación.

2) Que, como es sabido, el tribunal de alzada se encuentra facultado para examinar de oficio la procedencia del recurso de apelación, ya que se trata de una cuestión relativa a la jurisdicción y a la competencia funcional; y no es obstáculo para ello la concesión realizada por el juez de grado ni la conformidad que al respecto pudieran haber prestado las partes, sea en forma expresa o tácita (confr. esta S., causa 381/12 del 27.6.14 y su citas, entre otras).

En función de ello, se debe señalar que el recurso interpuesto contra la sentencia...

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