Maprel S.A.

Fecha de publicación07 Mayo 2010
Fecha de disposición07 Mayo 2010
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31899

Abogada - Romina S. Quaratino Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

4/05/2010. Tomo: 101. Folio: 652.

e. 07/05/2010 Nº 48106/10 v. 07/05/2010 FERIAS Y EXPOSICIONES ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA Comunica que por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 25/3/10 resolvió: 1) aumentar el capital a $ 3.588.028, 2) que la fiscalización de la sociedad estará a cargo de 1 síndico titular y 1 suplente con mandato por 1 año o si fuere exigible a cargo de una Comisión fiscalizadora compuesta por 3 síndicos titulares y 3 suplentes con mandato por 1 año, 3) reformar los arts. 4º, 11º, 14º y 15º del Estatuto. Santiago Caparra autorizado por escritura 737 del 28/4/10 pasada al folio 3798 del Registro 15 de Cap. Fed.

Certificación emitida por: Gustavo H. Pinasco.

Nº Registro: 1503. Nº Matrícula: 2867. Fecha:

30/04/2010. Nº Acta: 182. Nº Libro: 152.

e. 07/05/2010 Nº 48293/10 v. 07/05/2010 FUNDICION ELECTRICA PUEYRREDON S.A.C.I.F.

IG.I Nº 452817. Se hace saber que mediante Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 25/01/10 la sociedad ha resuelto aumentar el capital social de la suma de $ 0.01 a la suma de $ 12.000, mediante el aumento de $ 11.999,99, y cancelar las acciones en circulación y emitir 12.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción.

Asimismo, la Sociedad ha resuelto modificar los artículos cuarto y quinto del Estatuto Social, que quedan redactados de la siguiente manera: 'Artículo Cuarto: El capital social es de doce mil pesos ($ 12.000), representado por doce mil (12.000) acciones de valor nominal un peso ($ 1) cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el Quintuplo conforme lo determina el artículo 188 de la Ley 19.550, pudiendo ésta delegar en el Directorio la época de su emisión, forma y condiciones de pago. Artículo Quinto: Las acciones serán ordinarias nominativas, no endosables con derecho a un voto cada acción. La Asamblea podrá resolver la emisión de acciones preferidas, estas últimas tendrán un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión'.

Andrea Lofvall. Autorizada por instrumento privado del 25/01/10.

Abogada Andrea I. Lofvall Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

04/05/2010. Tomo: 65. Folio: 660.

e. 07/05/2010 Nº 48154/10 v. 07/05/2010 GC GESTION COMPARTIDA SOCIEDAD ANONIMA Comunica que por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 23/3/10 resolvió aumentar el capital a $ 13.370.500, reforman el art. 4º del Estatuto. Santiago Caparra autorizado por escritura 742 del 28/4/10 pasada al folio 3830 del Registro 15 de Cap. Fed.

Certificación emitida por: Gustavo H. Pinasco.

Nº Registro: 1503. Nº Matrícula: 2867. Fecha:

30/04/2010. Nº Acta: 181. Nº Libro: 152.

e. 07/05/2010 Nº 48286/10 v. 07/05/2010 GC MINOR SOCIEDAD ANONIMA Comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 13/4/10 resolvió aumentar el capital a $ 1.781.079, reformando el art. 5º del Estatuto. Santiago Caparra autorizado por escritura 711 del 23/4/10 pasada al folio 3676 del Registro 15 de Cap. Fed.

Certificación emitida por: Julio Ignacio Quiroga. Nº Registro: 718. Nº Matrícula: 3442. Fecha:

03/05/2010. Nº Acta: 057. Nº Libro: 283.

e. 07/05/2010 Nº 48254/10 v. 07/05/2010 GILT SOCIEDAD ANONIMA Gilt S.A.: Cambio de objeto social: Por acta de Asamblea General Extraordinaria y Unánime del 4 de septiembre de 2009, se reformó el artículo tercero del Estatuto Social de GILT S.A. quedando redactado: Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto la explotación comercial e industrial del negocio de gastronomia, en particular la explotación de restaurantes, bares, copetines, confiterias y toda actividad conexa, afin y/o complementaria al rubro gastronómico, pudiendo y a modo enunciativo: a) elaborar, fabricar, distribuir, fraccionar y vender toda clase de comidas, bebidas y productos alimenticios;

b) instalar y/o adquirir en propiedad o concesión y/o explotar bares, restaurantes, confiterias, copetines y/o pizzerías; c) Proveer de comidas elaboradas y servicios de lunch a comedores, escuelas, sanatorios, clínicas, clubes, hoteles, salones de fiestas, y a toda clase de instituciones públicas y/o privadas, y realizar toda actividad afin y complementaria relacionada con la gastronomia. A los fines especificados, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no estén prohibidos por la ley o...

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