Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 2 de Marzo de 2018, expediente FLP 000428/2018/CA001

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata, 1 de marzo de 2018.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP 428/2018/CA1: “MANSILLA, H.C. c/Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) s/Amparo Ley 16.986”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Lomas de Z., Secretaría Civil N° 7; Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

La Defensora Pública Oficial, J.E.C., a cargo de la Defensoría Pública N° 1 ante los Juzgados de Lomas de Zamora, en representación de la señora H.C.M., promovió la presente acción a fin de que se le ordene al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI)

que “de manera inmediata, autorice y haga efectiva la provisión de la prótesis de rodilla, tal como fuera indicado por el médico tratante, y demás elementos necesarios para la cirugía a la que debe ser sometida la amparista, con cobertura del 100 % a cargo de la demandada”.

Según refirió, la señora M. padece de gonartrosis izquierda, se encuentra postrada y debe ser intervenida quirúrgicamente, para lo que necesita contar con una prótesis importada para reemplazo total de rodilla cementada, con set de colocación, como fuera prescripta por el doctor S.P. en el Sanatorio Modelo de B.. Agregó que las gestiones respectivas ante Pami, Agencia Adrogué, datan del mes de octubre de 2017, con renovaciones sucesivas, siendo la última fecha programada para la cirugía el 3 de enero de 2018, sin que la señora M. tuviera novedades hasta ese momento.

Fecha de firma: 02/03/2018 Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: C.A.N., Juez de Cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #31161568#200011315#20180302104620608 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Manifestó que por ese motivo, la actora se presentó ante la Defensoría Oficial y practicaron una diligencia extrajudicial el 16 de enero de 2018, en respuesta de la cual el PAMI les informó que el sistema de provisión de prótesis y proveedores fue modificado en su modalidad del pedido por Nivel Central y adjuntó el comprobante no válido para facturar, del que se desprende que fue cargado en el sistema el 17/01/2018, encontrándose a la espera de la compra.

Señaló que dicha situación provocaba un grave perjuicio a la señora M., que se encuentra en condición de extrema vulnerabilidad y debe contar con los materiales especificados en la orden médica con carácter urgente, para poder ser intervenida quirúrgicamente.

En razón de ello, dedujo la presente acción de amparo en la que solicitó el dictado de una medida cautelar.

  1. La decisión recurrida y los agravios.

    El a quo hizo lugar a la medida cautelar...

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