Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA C - CAMARA EN LO COMERCIAL, 10 de Junio de 2014, expediente 12359.10

Fecha de Resolución10 de Junio de 2014
EmisorSALA C - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación "MANDALUNIS TOMAS EDUARDO S/ Concurso preventivo"

Expediente Nº 12359.10 Juzgado N° 25 Secretaría Nº 49 Buenos Aires, 10 de junio de 2014.

Y VISTOS:

  1. El Sr. J.C.H. interpuso recurso de reposición contra el auto de fs. 767, por el cual la Sala ordenó desglosar el escrito que obraba en fs. 741/60.

  2. El recurso no logra controvertir el fundamento de la decisión apelada, esto es el incumplimiento de lo dispuesto por el art. 120 del Código Procesal respecto del escrito que había sido agregado en fs.

    741/60.

    El recurrente, con fundamento en tratados internacionales que invoca, pide que se aplique el art. 120 del Código Procesal con menor rigorismo, a los fines de garantizar el derecho a recurrir.

    El propio recurrente admite que no presentó junto con el recurso extraordinario federal –a causa de un “impedimento personal”- la totalidad de las copias necesarias para su sustanciación.

    Y es también extremo objetivamente incuestionable que la presentación de las copias fue extemporánea, dato temporal que, por cierto, no es controvertido por el recurrente.

    Además de que el derecho de defensa en juicio no incluye la doble instancia en un proceso del tipo del sub lite, que no es causa penal (v.

    esta Sala, 24.8.10, en “V., I.R. c/Aguirre, J.C. "MANDALUNIS TOMAS EDUARDO S/ Concurso preventivo" Expediente Nº 12359.10 Poder Judicial de la Nación Alfredo s/sumarísimo”, entre otros), aquí no se ha cercenado el derecho a recurrir por vía extraordinaria ante la Corte Suprema de Justicia, sino que se ha tenido por incumplido el recaudo de presentación de copias que resultaba exigible en el marco de la reglamentación de dicho tipo de apelación.

    Por lo demás, es errónea la manifestación del recurrente en cuanto a que, según asevera, presentó dos copias del recurso extraordinario en oportunidad de...

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