Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 29 de Agosto de 2018, expediente CNT 070153/2014/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº 70153/2014/ CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 38008 AUTOS: “MANCILLA ERNESTO BENJAMIN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGO DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” (JUZGADO Nº 60)

Buenos Aires, 29 de AGOSTO de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El recurso de apelación interpuesto a fs.275/276 por la demandada (concedido a fs.278) por considerar elevada la regulación de honorarios fijada al perito médico y a fs.

247 interpone recurso de apelación el perito médico por considerar exiguos los honorarios regulados a su favor (concedido a fs. 278), contra la resolución de fs. 274; teniendo en cuenta que la norma utilizada en origen para regular los honorarios no se encuentra cuestionada, corresponde aplicar la ley 21.839 al tratamiento de los honorarios, no porque exista ultraactividad de ella, sino porque se actúa en revisión del acto que constituye el crédito dictado bajo la referida ley.

De este modo los emolumentos del perito médico deberán ajustarse a la complejidad, mérito, extensión de las tareas realizadas (fs.226, 240, 242, 244/248 y 257/259) así como a las pautas arancelarias en ese momento; en este marco normativo los honorarios regulados ni lucen elevados ni...

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