Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 30 de Marzo de 2017, expediente CIV 088752/2013/CA001

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H “M., C.A.C.C.S.A. Empresa De Transportes Y Otros S/Daños Y Perjuicios(Acc.Tran. C/Les. O Muerte)” E.. N°

88752/2013. J.. N° 18.

En Buenos Aires, a días del mes de Marzo del año 2017, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala “H” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: “M., Cristian Adrian C/

Cardenas S.A. Empresa De Transportes Y Otros S/Daños Y Perjuicios(Acc.Tran. C/Les. O Muerte)”, y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, el Dr. C.M.K. dijo:

Contra la sentencia dictada en primera instancia (fs. 429/39), que rechazó la demanda que perseguía la indemnización de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, expresa agravios el actor a fs. 456/61.

A fs. 464/73 contestaron el traslado la demandada y la citada en garantía, y a fs. 475/8 lo hizo la otra demandada, Policía Federal Argentina.

El apelante recuerda que cuando circulaba por la Avenida Alberdi, en Capital Federal, al intentar adelantarse a un auto terminó embistiendo a un colectivo que se hallaba detenido en la mano izquierda, de manera antirreglamentaria. Dicho rodado había sido secuestrado por la Policía y se encontraba allí. Atribuye responsabilidad a la empresa de transportes y a la Policía, para lo cual sostiene que se han violado las normas que rigen el tránsito en lo que respecta al estacionamiento en la vía pública, que no influye que se trate de una cosa inerte, que de todos modos se trató de una cosa riesgosa, y especialmente cuestiona que se le haya reputado negligente. Agrega que conducía a velocidad reglamentaria.

Hay hechos no controvertidos en esta instancia. El colectivo de la referida demandada fue secuestrado el día 2 de diciembre de 2011 por personal de la Comisaría 12, perteneciente a la Policía Federal Argentina, sita en la calle Valle 1454. Dicho ómnibus fue depositado en la calle A..

Fecha de firma: 30/03/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #15872470#174998669#20170329094352540 El 3 de diciembre de 2011, aproximadamente a las 6.15 horas –

según expuso el actor en su demanda (ver fs. 79 vta)-, conducía su rodado, marca Renault, 9, dominio TEP 113, por Avenida J.B.A., con dirección Este-Oeste, a velocidad prudente y moderada, siguiendo la onda verde de dicha arteria, por el segundo carril, contando desde la izquierda. Al cruzar la...

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