Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 3 de Septiembre de 2021, expediente CIV 034225/2021/CA001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

34225/2021

MAILLET, M.C. s/ COPIA Y RENOVACIÓN

DE TÍTULOS/2DO. TESTIMONIO

Buenos Aires, de 2021.-

Por recibidos.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Mediante la resolución del 28 de mayo de 2021, el Sr. Juez de grado rechazó in limine la expedición de un segundo testimonio de la escritura pública n°519 del 10/9/1996 de compraventa del inmueble de propiedad de la actora, sito en la calle Soldado de la Frontera 4975/99, UF 25, de esta Ciudad, la que había sido extraviada -según lo denunciado en el escrito inicial- durante una mudanza.

    Expresó el magistrado de la anterior instancia, en los fundamentos de su decisión que, a tenor de lo establecido en el art. 308

    del CCCN y en el art. 778 del CPCCN, la expedición de una nueva copia de una escritura pública sólo justifica la intervención jurisdiccional en el supuesto en el que la escritura contenga la constancia de alguna obligación pendiente de dar o de hacer, a cargo de otra de las partes y no existiere la conformidad del acreedor.

    En base a ello y por no advertir de las constancias acompañadas por la actora la existencia de obligaciones pendientes, ordenó

    Fecha de firma: 03/09/2021

    Alta en sistema: 06/09/2021

    Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

    que la petición sea canalizada por la vía y forma correspondiente.

    Contra lo así dispuesto, se agravia la actora recurrente. Señala en su memorial de agravios que el magistrado de primera instancia ha efectuado distinciones que no surgen de la letra de la ley y que en causas similares en trámite por ante otros tribunales se hizo lugar al pedido "sin miramiento".

    Agrega que, si bien se presentó ante dos escribanos para solicitar una nueva copia de la escritura extraviada, "le pasaron presupuestos por más de $25.000 por conseguir una copia del título", lo que excede sus posibilidades económicas.

    El Sr. Fiscal de Cámara emite su dictamen el 31 de agosto de 2021 y opina que por la naturaleza de las cuestiones debatidas en autos, no se encuentra comprometido el orden público.

  2. En primer lugar, es pertinente recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 265 del CPCCN, la expresión de agravios debe contener una crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considera equivocadas y para que cumpla su finalidad, debe...

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