Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 2 de Septiembre de 2020, expediente CNT 018643/2018/CA001

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 49612

SALA VI

Expte Nº CNT 18643/2018

(JUZG. NRO. 23)

Autos: “MAIELI CLAUDIO JOSE C/ARTE GRAFICO EDITORIAL

ARGENTINO S.A. Y OTRO S/DESPIDO“

Buenos Aires, 2 de septiembre de 2020

VISTO:

La parte demandada apela la regulación de honorarios del perito contador, por elevados, y a su vez, este último, los apela por estimarlos reducidos (fs. 160 y vta. y 161 respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito contador, lucen equitativos, por lo que corresponde su confirmacion (art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulacion de honorarios del perito contador.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 02/09/2020

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA

G.L.C.

JUEZ DE CAMARA

LUIS A. RAFFAGHELLI

JUEZ DE CAMARA

Ante mi.-

F.S.R.

SECRETARIA

Fecha de...

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