Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 16 de Febrero de 2023, expediente FSA 031057/2018/CA001
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II
MAIDANA, O.N.
c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS
EXPTE. Nº FSA 31057/2018
Juzgado Federal de Salta Nº 2
Salta, 16 de febrero de 2023.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
1) Que la demandada interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia de primera instancia del 13/12/2022 que fue concedido libremente,
elevándose la causa a esta Cámara.
Que en fecha 29/12/2022 se ordenó poner los autos en la oficina por el plazo de 10 días, a fin de que la apelante exprese agravios (art. 259
CPCC), providencia que quedó notificada a las partes el mismo día.
Que encontrándose vencido el plazo legal para que la recurrente exprese agravios, lo que acaeció el 15/02/2023 a hs. 9:00 (plazo de gracia),
corresponde tener por decaído el derecho dejado de usar (art. 246 CPCC),
declarando desierto el recurso de apelación interpuesto y, en consecuencia,
firme la sentencia de grado del 13/12/2022.
En mérito de lo expuesto, se RESUELVE:
Fecha de firma: 16/02/2023
Firmado por: M.S., SECRETARIA
Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II
I.-DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la ANSeS en contra de la sentencia de primera instancia del 13/12/2022,
que en consecuencia queda firme.
-
DEVOLVER las presentes actuaciones al Juzgado de origen.
-
REGISTRESE, notifíquese, publíquese en el CIJ en los términos de las Acordadas de la CSJN 15 y 24 del 2013 y oportunamente devuélvase al lugar de origen.
RGP - I
Fecha de firma: 16/02/2023
Firmado por: M.S., SECRETARIA
Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA
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