Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 10 de Febrero de 2016, expediente COM 019139/2010

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 19139/2010 MADEIMPRES S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO Buenos Aires, 10 de Febrero de 2016.-

Y VISTOS:

  1. ) Habida cuenta que esta S. es el tribunal competente para darle trámite al recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por el concursado a fs.

    751/758 contra la resolución de fs.710/713, y en atención al dictado de la Ley 26.853 que ha sustituído los artículos 288 al 301 del CPCCN (v. art. 11 Ley citada.), corresponde pronunciarse sobre dicho recurso, visto el tenor del actual artículo 293 del CPCCN y la derogación del trámite previsto por la fórmula anterior.

  2. ) Cabe señalar que la ley 26.853 creó la Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal, la Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social y la Cámara Federal y Nacional de Casación en lo Civil y Comercial (art. 1), estableciendo que la primera de ellas conocerá en los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión interpuestos contra las sentencias dictadas por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y por las demás Cámaras Federales de Apelación del país en causas contencioso-administrativas federales (art. 2)

    Por su lado, la Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social conocerá los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión interpuestos contra las sentencias dictadas por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social (art. 3), y la Cámara Federal y Nacional de Casación en lo Civil y Comercial Fecha de firma: 10/02/2016 Firmado por: I.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA #22982354#146902749#20160211112923217 conocerá los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión interpuestos contra las sentencias dictadas por las Cámaras Federales y la Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (art. 4).

    También dispone la ley la integración de las cámaras, por los jueces y funcionarios y el plantel del personal correspondiente (arts. 5 y 6), y la posibilidad de establecer procedimientos abreviados para la designación de los jueces (art. 7).

    Asimismo, y en lo que aquí nos interesa, el art. 11 de la ley citada, sustituyó los artículos 288 al 301 del...

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