Macro C/Jofre

Juez del Vigésimo Segundo Juzgado en lo Civil, en Autos N° 116.025, caratulados: "BANCO MACRO S.A. c/JOFRE ENRIQUE DOMINGO p/EJECUCION CAMBIARIA", notifica a: Enrique Domingo Jofré (DNI N° 24.797.639), de ignorado domicilio. A fs. 47 el Juzgado Resolvió: "Mendoza, 17 de noviembre de 2010. Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: I- Hacer lugar a la demanda instada por Banco Macro S.A. contra Enrique Domingo Jofré, ordenando en consecuencia prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de Pesos seis mil ochocientos cincuenta y nueve con 38/100 ($ 6.859,38), con más los intereses pactados, siempre y cuando los mismos no resulten excesivos al momento de practicar liquidación, más I.V.A. sobre intereses; desde la fecha de mora 05/07/2008 hasta su total cancelación (Art. 52 del Decreto Ley 5965/63). II- Imponer las costas al demandado vencido, Arts. 35 y 36 del C.P.C. II- Regular los honorarios de los Dres. María Leonor Etchelouz en la suma de Pesos trescientos ocho con 67/100 ($ 308,67), Osvaldo José Lima en la suma de Pesos ciento cincuenta y cuatro con 34/100 ($ 154,34), Esteban Garcés en la suma de Pesos ciento cincuenta y cuatro con 34/100 ($ 154,34) y Beatriz E. Mila en la suma de Pesos trescientos ocho con 67/100 ($ 308,67) Arts. 4, 7 y 31 de la Ley 3641, sin perjuicio de los honorarios complementarios que pudieran corresponder, debiendo reconocer a los honorarios inherentes a los Dres. María Leonor Etchelouz y Osvaldo José Lima el I.V.A. correspondiente, y del Defensor Oficial en la suma de Pesos cincuenta ($ 50) debiendo los honorarios de este último depositarse en la cuenta del Banco Nación (Sucursal Tribunales) fondos, Art. 47, inc. IV del C.P.C. (Arts. 2, 7, 10, 13 y 31 de la Ley 3.641 T.O.). Cópiese y notifíquese. mdv Fdo. Dr. Ricardo Alberto Sancho, Juez".Bto. 80770_____________________________________________(*)Juez del...

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