Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 17 de Mayo de 2021, expediente COM 016430/2008/CA003

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL

S. B

16430/2008 - MACCHIA N.V.s.

Juzgado N° 7 – Secretaría N° 14

Buenos Aires, 17 de mayo de 2021.

Y VISTOS:

  1. Es criterio de esta S. respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso, ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom. esta S., in re "Aceros Bragado S.A. s/

    quiebra s/ incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08) que no acontecen en la especie.

    Por ello, y en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos, se confirman en doce mil cien pesos ($ 12.100) los honorarios del peticionario de la quiebra, Dr. D.T.; en cien mil setecientos pesos ($ 100.700) los del de la síndico contadora M. SusanaTaboada;

    y en viente mil pesos ($ 20.000) los de su letrado patrocinante, Dr.

    C.M.Q. (arts. 218, 257, 265 inc. 4, 267 y 272 de la ley 24.522).

  2. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac.

    31/11 y 38/13 CSJN.

  3. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac. 15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior Fecha de firma: 17/05/2021 instancia dejándose constancia que la presente resolución obra Alta en sistema: 18/05/2021

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    únicamente en soporte digital.

    Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA

  4. Firman las suscriptas por encontrarse vacante...

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