Sentencia de Sala SALA, 8 de Agosto de 2014, expediente CCF 007912/2013

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2014
EmisorSala SALA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 7912/2013

MACAIR JET SA c/ ANAC Y OTROS s/ PROCESO DE

CONOCIMIENTO

Buenos Aires, 8 de agosto de 2014.-

AUTOS; VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs.

217, fundado a fs. 220/243, contra la sentencia de fs. 214/215; y CONSIDERANDO:

  1. ) En el referido pronunciamiento, el señor juez de grado se declaró incompetente para entender en estas actuaciones y atribuyó su conocimiento a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

    Para así decidir, el a quo sostuvo que el fallo de esta S. por el cual había declarado la competencia del fuero en el expediente análogo sobre medidas cautelares iniciado por la empresa Tango Jet S.A.

    -n°2045/13- tuvo en cuenta circunstancias diferentes a las que presenta la acción principal. En ese sentido, afirmó que la causa referida sólo había sido iniciada en contra de la Administración Nacional de Aviación Civil -ANAC- pero que aquí también resulta demandado el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos -ORSNA-. Y además, juzgó aplicable a la especie el art. 28 del decreto 375/97 que establece que toda controversia en que sea parte ese organismo de contralor debe someterse a la jurisdicción en lo contencioso administrativo federal.

  2. ) La actora cuestiona esa decisión pues entiende que la norma del decreto 375/97 invocada en el fallo no modifica la atribución de competencia en razón de la materia efectuada por el art. 42 de la ley 13.998

    para las causas regidas por el derecho aeronáutico. Afirma que si se entendiera lo contrario el decreto sería inconstitucional puesto que la competencia judicial sólo puede ser fijada por ley del Congreso.

    Por otro lado, sostiene que la materia del pleito se rige por el derecho aeronáutico y la intervención del ORSNA no cambia la cuestión puesto que sólo se impugnaron decisiones administrativas que dictó en el marco de la resolución ANAC n° 810/12.

    Finalmente, invoca la decisión dictada por esta S. en el contexto de la medida cautelar solicitada en forma autónoma el 31.5.13 y la existencia de conexidad entre esa causa y estas actuaciones principales.

  3. ) El señor F. General dictaminó a fs. 265/266

    propiciando la confirmación del fallo apelado.

    Asimismo, acompañó copia de la opinión emitida en el marco de la causa en trámite por ante el fuero contencioso administrativo federal “Organismo Regulador del Sistema Nacional s/ inhibitoria” -n°

    36.728/13-. Según surge de esa ponencia, el ente regulador planteó una cuestión de competencia por inhibitoria respecto del expediente sobre medidas cautelares tramitado en este fuero que fue...

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