Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Febrero de 2003, expediente Ac 87091

PresidenteSalas-de Lázzari-Roncoroni-Hitters-Kogan
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 87.091 “M., T.N.c.R., H.R.D..

//Plata, 05 de febrero de 2003.

AUTOS Y VISTO:

Que la señora T.N.M. promovió demanda de divorcio en los términos del art. 202 inc. 5 del Código Civil, ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N°10 de La Plata.

Que, posteriormente, se presentó conjuntamente con el demandado peticionando la declaración de divorcio conforme el art. 215 del citado Código, desistiendo de las causales originariamente invocadas.

Que ejerciendo los Tribunales de Familia competencia exclusiva en la materia (art. 827 inc. a, Código Procesal Civil y Comercial), la misma sólo puede desplazarse a jueces de distinto fuero cuando, por razones legales o de conexidad, así esté establecido (Ac. 59.931, 13-VI-1995).

Que, en el caso, no se advierte que se den las mencionadas...

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