Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 2 de Marzo de 2021, expediente CAF 000903/1996/CA002

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV -

CAF 903/1996/CA2: “Mº de E. y O.S.P. – Estado Nacional c/ Banca Nazionale del Lavoro S.A. y otros s/ Proceso de Conocimiento”

Buenos Aires, 2 de marzo de 2021.- MJS

VISTO:

El pedido de revocatoria in extremis interpuesto el 23.02.2021 por el HSBC Bank Argentina S.A. respecto de las sentencias del 22.12.2020 y del 18.02.2021; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, en sustancial síntesis, la entidad bancaria precitada solicita una modificación del tipo de tasa de interés establecida en el considerando 16 del pronunciamiento de este Tribunal del 22.12.2020.

  2. ) Que la reposición in extremis resulta inadmisible, toda vez que las sentencias de Cámara no admiten —como regla— recurso de reposición o revocatoria alguno (arts. 160, 238 y 273 del CPCCN), y su eventual impugnación se debe realizar, en su caso, por intermedio del recurso federal para ser resuelto en instancia extraordinaria (cfr. causas 9486/11 “Supercanal S.A. c/

E.N. – DGA Res. 2461/08 (RG PÓLIZA 1008233) s/ Medida Cautelar (Autónoma)”, sentencia del 06.09.2011; y 22114/09 “GCBA c/ E.N. – Min.

Economía s/o P.G.C. 2470 s/ Ejecución Fiscal Tributarios”,

sentencia del 31.07.2012; entre muchas otras).

En consecuencia, corresponde desestimar la revocatoria intentada.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

Rechazar el recurso de...

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