Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 20 de Octubre de 2016, expediente CIV 007216/2010/CA003 - CA001 - ...

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala H

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 7216/2010. M.R.E. s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Buenos Aires, de octubre de 2016.- SM fs.831.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Estos autos son elevados al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la señora C.A.E., contra la decisión de fojas 799.

En ella, la señora juez “a quo” vuelve sobre el tema tratado a fojas 787/788, respecto de que todas aquellas cuestiones relacionadas con el patrimonio de la causante, R.E.M. quien falleció el 17 de junio de 2015, como cobro de los honorarios de los profesionales actuantes, embargos trabados, etc., deben ser dilucidados en el juicio sucesorio que, según denuncia el ex curador, él habría iniciado, ya que las razones que dieron origen a las presentes se extinguieron.

(Conf. foja 824 vta.).

No obsta a ello, el hecho de que se insista en querer recuperar las llaves del inmueble donado en vida con reserva de usufructo por la señora M. a su hija Constanza, ya que en él se encuentran los bienes muebles pertenecientes al acervo sucesorio sobre los que pesan las medidas cautelares.

Dado lo expuesto, y en tanto compete a la segunda instancia -de ser del caso- formular el juicio de admisibilidad del recurso de apelación, así como de las formas en que se lo ha concedido, pues el tribunal no se encuentra ligado por la conformidad de las partes ni por la resolución del juez de grado, aun cuando se encuentre consentida. (C...

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