Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 23 de Mayo de 2023, expediente CIV 052078/2014/CA002
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2023 |
Emisor | Camara Civil - Sala L |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L
52078/2014
M, R J c/ S, L F Y OTROS s/DILIGENCIAS PRELIMINARES
Buenos Aires, de mayo de 2023.- M
AUTOS; Y VISTOS;
Y CONSIDERANDO:
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El Dr. L A P, por su propio derecho, acusó la caducidad de la segunda instancia respecto del recurso de apelación que dedujo la parte actora en relación a los honorarios que le fueron regulados el día 18 de noviembre de 2022.-
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De la compulsa de las actuaciones resulta que el recurso de los actores fue concedido el 29 de noviembre de 2022 y que, desde entonces, el expediente estaba en condiciones de ser remitido a la Sala para el tratamiento de los recursos. La carga de esa remisión recaía sobre un funcionario del juzgado de conformidad con lo dispuesto por el art. 251 del Cód. Procesal.-
Consecuentemente, dado que el impulso del expediente no dependía sobre la parte actora, el planteo de caducidad resulta improcedente de conformidad con lo previsto por el art.
313 inciso 3° del Cód. Procesal.-
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En síntesis, por las razones expresadas, el Tribunal RESUELVE:
1) Desestimar el planteo de caducidad de segunda instancia deducido el día 13 de abril de 2023; 2)
Costas por su orden atento a la existencia de criterios dispares sobre la cuestión involucrada en la incidencia (arts. 68, 2do.
párrafo y 69, Cód. Procesa); 3) Pasen los autos al Centro de Adjudicación de Causas -Mesa de Segunda Instancia- para el registro y compensación de los recursos de honorarios pendientes.-
Regístrese. N. por Secretaría. C. al CIJ y cúmplase el pase indicado precedentemente. La vocalía N° 34 se encuentra vacante.-
Fecha de firma: 23/05/2023
Alta en sistema: 24/05/2023
Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA
GABRIELA A. ITURBIDE
M.P.P.
Fecha de firma: 23/05/2023
Alta en sistema: 24/05/2023
Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA
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