Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 10 de Abril de 2019, expediente COM 024435/2016/CA001

Fecha de Resolución10 de Abril de 2019
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G

Arq. M.R. Á. y Asociados SRL c/ F. S.A. s/ cobro de honorarios profesionales Juzgado 27 - Sala G - Expte. 24435/2016/CA001

Buenos Aires, de abril de 2019. RV

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Apelaron los accionantes la resolución dictada a fs.

    546/547, a través de la cual el Sr. Juez a-quo hizo lugar a la excepción de incompetencia deducida por los terceros citados P.A.C. y A.C., con costas en el orden causado, disponiendo el archivo de las actuaciones en el entendimiento que la cuestión debía ventilarse mediante el juicio arbitral, a tenor de lo previsto en el contrato de fideicomiso y su ulterior adenda,

    acompañados con el escrito de inicio de las actuaciones.

    En el memorial presentado a fs. 550/553, que fue contestado por la Sra. P.A. C.a fs. 560/561, sostuvieron los demandantes que a pesar de habérseles encargado el proyecto y la dirección de obra del emprendimiento inmobiliario detallado en dicho contrato, no revisten el carácter de parte en la relación que allí se instrumentó, ni han adherido a las cláusulas contractuales que estipularon la competencia arbitral, a la vez que también postularon que los emplazados consintieron la intervención de la justicia ordinaria, al participar del procedimiento previo de mediación cumplido en los términos de la ley 26.589, sin formular reparo alguno.

    La cuestión objeto de recurso ha sido debidamente sustanciada con el Sr. Fiscal de Cámara, quien a fs. 571/572 propuso que se revoque la decisión apelada, por no haber la parte actora suscripto el acuerdo en el que se estipuló la cláusula compromisoria, en consonancia con el dictamen oportunamente expedido en la instancia de grado, a fs.

    543/544 de estas actuaciones, en el que se propició el rechazo de la excepción de incompetencia articulada.

  2. Los fundados agravios vertidos en el memorial de los accionantes contienen una crítica concreta y razonada de la resolución apelada, que a criterio del tribunal cumple acabadamente los requisitos de forma que impone el artículo 265 del CPCCN, lo que torna inviable el Fecha de firma: 10/04/2019

    Alta en sistema: 17/04/2019

    Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    planteo de deserción que ha sido introducido a fs. 560/561 en ocasión de contestarse el traslado conferido respecto del recurso interpuesto.

    Es que más allá de los efectos que pudieran asignarse al trámite de mediación prejudicial llevado a cabo, con...

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