Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 14 de Febrero de 2019, expediente CAF 006057/2018/CA001

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Exp. n° 6057/2018/CA1 EN - M PRODUCCION c/ INC SA s/PROCESO DE EJECUCION Buenos Aires, 14 de febrero de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs. 34 y vta., fundado a fs. 36/38 vta., contra la sentencia obrante a fs.

24; y CONSIDERANDO:

1) Que el señor juez de grado mandó llevar adelante la ejecución contra INC S.A. hasta hacerse íntegro pago al Estado Nacional (Ministerio de Producción) de la suma de $ 120.000 con más los intereses y costas.

2) Que, la recurrente manifiesta, en esencia, que la deuda reclamada es inexistente toda vez que, al momento de recurrir la disposición 162/2017, depositó el importe de multa de conformidad con lo previsto por el art. 22 de la ley 22.802. Con base en ello, solicita que se deje sin efecto la sentencia y que se remitan las actuaciones administrativas al organismo de origen a fin de dar curso a la apelación que le fue denegada por no cumplir con los requisitos formales de admisibilidad dispuestos por la ley antes citada. A fin de acreditar sus dichos, remite a la copia que adjuntó oportunamente en las actuaciones administrativas (v. fs. 36/38 va.).

  1. ) Que, de las constancias del expediente administrativo S01 0270859/2014 surge que:

    1. Mediante disposición 162/2017, del 25 de enero de 2017, la Dirección Nacional de Comercio Interior impuso a la firma INC SA una multa por la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000), por infracción a lo dispuesto en el art. 2° de la resolución 7/02 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, reglamentaria de la ley 22.802 (ver fs.107/109 vta.).

    2. El recurso interpuesto por la demandada contra dicha disposición (v. fs. 1/9), se tuvo por no presentado por no haberse depositado el monto de la multa impuesta (ver disposición 1018, del 19 de junio de 2017, obrante a fs. 123/124 vta.) y, el 19/07/2017, las actuaciones fueron giradas a la Dirección de Gestión y Control de Fecha de firma: 14/02/2019 Alta en sistema: 15/02/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #31250720#226564721#20190214112523850 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Exp. n° 6057/2018/CA1 EN - M PRODUCCION c/ INC SA s/PROCESO DE EJECUCION Asuntos Contenciosos a fin que tomara la intervención de su competencia (ver fs. 131).

    3. A fs. 133, se...

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