Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 25 de Marzo de 2022, expediente CAF 000778/2009/CA005 - CA003 - ...

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

778/2009

EN -M° PLANIFICACION- LEY 26466 Y OTROS c/ INTERINVEST SA Y

OTROS s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

Buenos Aires, de marzo de 2022.-

VISTOS y CONSIDERANDO:

  1. Que, en el artículo 56 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación se establece que: “Los jueces no proveerán ningún escrito de demanda o excepciones y sus contestaciones, alegatos o expresiones de agravios, ni aquellos en que se promuevan incidentes o se pida nulidad de actuaciones y, en general, los que sustenten o controviertan derechos,

ya sea en procesos de jurisdicción voluntaria o contenciosa, si no llevan firma de letrado”.

Por otra parte, y en cuanto a las tareas desarrolladas en los procesos judiciales por parte de los auxiliares de justicia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que: “… los peritos designados de oficio no se encuentran obligados a contar con el patrocinio de un letrado para el cumplimiento de su labor…” (Fallos:

327:2186). Sin embargo, cuando aquellas actuaciones exceden el marco de la tarea encomendadas al experto, así como el mero trámite tendiente al cobro su retribución –como sucede, por ejemplo, en los procesos de ejecución de honorarios–, no es menos cierto que dicho trámite exige un conocimiento y técnica que exceden a los del experto en la materia para la que fue convocado al proceso y que, por esa razón, justifican la asistencia letrada (v. en sentido semejante, esta Cámara, Sala III, en:

CENTRO OFTALMOLOGICO DE DIAGNOSTICO SA c/ EDESUR SA Y

OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

, Nº 35340/2000, del 29 de noviembre de 2016).

En tales condiciones, previo a resolver el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional-Mº de Planificación –de manera subsidiaria al de revocatoria– del 17 de julio de 2021, devuélvanse los presentes al Juzgado de origen a fin de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 56 del CPCCN, con relación a las actuaciones practicadas por el perito contador...

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