Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 1 de Octubre de 2020, expediente CAF 000778/2009/CA003 - CA004

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

778/2009

EN -M° PLANIFICACION- LEY 26466 Y OTROS c/ INTERINVEST SA Y

OTROS s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

Buenos Aires, de octubre de 2020.-MLA

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 2671 y 2675 los Dres. L.H.T. y Diana A.

    1. interpusieron recursos de aclaratoria contra la resolución del 5

    de diciembre de 2019, por considerar que se omitió incluir los honorarios correspondientes a sus actuaciones como letrados partrocinantes de los consultores técnicos, ingeniero aeronáutico P.E.B. y contador R.J.B., respectivamente, y solicitaron que se subsane dicha omisión y se proceda a la pertinente regulación.

    Asimismo, a fojas 2673 el Dr. D.D.G. realizó similar planteo respecto de su actuación como letrado patrocinante del consultor técnico ingeniero en construcciones N.L.B..

  2. Que, al respecto, correponde señalar que en la resolución apelada no se impusieron costas, en la medida en que, como regla, los recursos de apelación interpuestos contra los pronunciamientos en materia de honorarios no las generan, dado que en el artículo 244 del CPCCN se establece que su fundamentación es facultativa (cfr. esta Cámara, S.I., en las causas caratuladas “Empresa San Vicente SA –

    TF 13794-I c/ DGI”, expte. nº 15.883/98, pronunciamiento del 14 de julio de 1998; y “C.H. y M.S.[.TF 14360-I] c/ DGI”, expte. n°

    14.152/96, pronunciamiento del 4 de julio de 1996).

    Además, las presentaciones de fs. 2544/2549 y 2551/2552, por medio de las cuales los Dres. G. y T. patrocinaron a los ingenieros Beliera y Baños, respectivamente, al fundar los agravios,

    fueron realizadas luego de vencido el plazo previsto en el artículo 224 del CPCCN (20 de septiembre de 2016); dado que los recursos de apelación habían sido concedidos el 9 de septiembre de 2016 (fs. 2464 y 2466); y el Cdor. B. apeló la regulación de sus honorarios con el patrocinio de la Dra. B. sin realizar fundamentación alguna (fs. 2462).

    Fecha de firma...

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