Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA I, 7 de Julio de 2015, expediente CIV 033937/2011/CA001

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I “M., M.F. y otro c.V., W.A. s/ Alimentos”

Buenos Aires, julio 7 de 2015.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Tanto la actora como la Defensora de Menores apelaron a fs.

    384 y 395 la sentencia de fs. 377/379 que hizo lugar al incidente de-

    ducido en autos y fijó la cuota alimentaria en favor del hijo de las partes en la suma de $ 1200.- mensuales. El memorial de agravios correspondiente al primero de los mencionados recursos se agregó a fs. 401/403, en tanto que el restante recurso fue sostenido por la De-

    fensora de Menores de Cámara a fs. 430/431. Ninguna de tales críti-

    cas ha sido replicada.

  2. El beneficiario de la pensión alimentaria, F. A.

  3. M., es un niño de 5 años (fs. 3/4) que asiste a una escuela estatal (cfr. respuestas de la testigo V.N.O. a la 3ª pregunta de fs. 310 y de la testigo V.F. a 3ª pregunta de fs. 341) en jornada que se extiende desde la mañana hasta las 16.00 horas a-proximadamente (cfr.

    respuesta de la testigo O. a la 9ª pregunta de fs. 310 vta.).

    Su madre, la aquí actora, es quien se encarga de él. La testigo O. señaló que es ella quien “paga todo lo referente a su hijo”, a-

    clarando que “todo sale de su bolsillo, la comida, la ropa, los gastos por el estudio, el alquiler” y que “si se enferma es ella la que paga los remedios” (cfr. su respuesta a la 4ª pregunta de fs. 310 y vta.). En sentido concordante la testigo F. explicó: “es ella la que paga ab-

    solutamente todos los gastos de su hijo”, para asimismo destacar que a tales efectos “no cuenta con la ayuda de nadie” (cfr. su respuesta a la 8ª pregunta de fs. 341 vta.).

    Es la actora quien lleva y trae a F. del colegio, para lo cual utiliza el transporte público (cfr. respuestas de la testigo O. a la 6ª

    y 9ª pregunta de fs. 310 vta. y de la testigo F. a la 6ª pregunta de fs. 341 vta.); y también quien se encarga de pagar por las clases de na-

    Fecha de firma: 07/07/2015 Firmado por: C.N.U.-P.E.C.-P.M.G. Firmado por: P.M.G., JUEZ DE CAMARA tación y futbol (cfr. respuesta de O. a la 4ª pregunta de fs. 310 y de F. a la 4ª pregunta de fs. 341 y vta.), práctica ésta última a la que concurre dos veces por semana (cfr. respuesta de F. a la 4ª pre-

    gunta de fs. 341 y vta.).

    La actora tiene 36 años y trabaja en un supermercado (cfr. fs. 8 y respuesta de la testigo F. a la 1ª pregunta de fs. 341). No hay datos con relación a sus ingresos, mas a pesar de ello no es dudoso que no deben ser muy importantes pues ninguno de los elementos...

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