Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 22 de Junio de 2016, expediente CIV 086166/2014

Fecha de Resolución22 de Junio de 2016
EmisorCamara Civil - Sala A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A “M.M.D.C. Y OTROS C/ T. M. A. S/ ALIMENTOS” (J.H.)

EXPTE. N° 86.166/2014 -J. 23-

RELACION N° 086166/2014/CA001 Buenos Aires, junio de 2016.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal a fin de entender en los recursos de apelación interpuestos por el demandado y por la Sra. Defensora de Menores de primera instancia contra el decisorio de fs. 53/54, en tanto hace lugar al pedido de alimentos y fija la cuota en la suma de $ 1.800.-

  2. Liminarmente cabe señalar que, en lo que hace a la valoración de la prueba producida en el proceso de alimentos, no es necesario que la misma sea directa de los ingresos del alimentante o de su patrimonio, sino que basta con un mínimo de elementos que den las pautas básicas para estimar el monto de la pensión. La prueba del caudal económico del alimentante, puede entonces, surgir de la prueba directa en su totalidad, o en parte de prueba directa y de indicios sumados, o de presunciones exclusivamente, siempre que reúnan las condiciones de eficacia que le son propias, aunque valoradas con criterio amplio, en favor de la pretensión del demandante (conf. C., C., “Código Procesal Civil y Comercial Anotado”, t.II, pág. 280; CNCiv., esta S., R. 34.299 del 23/2/88, id. R. 80.5l3 del 14/2/9l, id. R. 140.708 del 21/2/94, id. R. 186.317 del 11/3/96, id. R. 591.569 del 14/2/12).-

    Así pues, a la luz de los principios enunciados cabe analizar los pocos elementos probatorios agregados a la causa.-

    En el escrito de inicio, la actora manifiesta que vive junto a sus hijas –de 17 y 18 años de edad en la actualidad- en un departamento que se encuentra anexado a la casa de su hermana.-

    Fecha de firma: 22/06/2016 Firmado por: JUECES DE CAMARA, #24478775#155606855#20160614084641374 En cuanto a su desempeño laboral, la demandante afirma trabajar como empleada doméstica y denuncia percibir una suma de $ 2.500.-

    De la prueba informativa dirigida a AFIP y al Club Atlético Boca Juniors se desprende que el padre se desempeña como empleado en relación de dependencia en esta última institución, habiendo percibido en noviembre de 2014 una remuneración bruta de $ 2.912,20 (ver fs. 34/40, y fs. 47/49).-

    Lo que surge de dichas contestaciones permite suponer un incremento de su salario si se tiene en cuenta, tan solo, el tiempo transcurrido desde que se emitieran tales informes.-

  3. Habiéndose analizado la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR