Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 23 de Octubre de 2018, expediente CFP 013728/2018/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 13728/2018/CA1 Sala II - CFP 13728/2018/CA1 “M, J R. s/desestimación”.-

J.. Fed. n° 9 - Sec. n° 17.-

Buenos Aires, 23 de octubre de 2018.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Contra la desestimación por inexistencia de delito y el rechazo de su solicitud de ser tenido por querellante recurrió J R M.

El Dr. M.I. dijo:

El análisis de las actuaciones revela que lo resuelto es acertado. Es que la denuncia, como lo ponen de manifiesto tanto el F. de la causa como el J. al fundar su posición, no contiene un relato que permita identificar sobre qué circunstancias versa.

Sobre el particular ya se lleva dicho que el acontecimiento que se da a conocer mediante la denuncia, para dar paso a una investigación penal, debe ser concreto. La exposición clara del hecho resulta ser un requisito esencial para establecer los límites a los que debe ceñirse la instrucción y posibilitar de ese modo la legal iniciación de la investigación ante la imposibilidad del órgano jurisdiccional de actuar oficiosamente (CFP18802/2017/CA1 “Amayo”, reg. n° 44.816 del 27/2/18 y sus citas).

Además, los agravios del recurrente en su apelación y memorial no se hacen cargo de esta cuestión, central en la decisión cuestionada, no hallándose exentos tampoco de esa misma imprecisión y generalidad; de tal modo, carecen de la entidad suficiente para revertir lo decidido.

El Dr. L.B. dijo:

Coincido con lo expuesto por mi colega preopinante en cuanto a que la denuncia formulada no contiene un relato...

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