Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 2 de Febrero de 1999, expediente A C72696

PresidenteSan Martín-Laborde-Pettigiani-de Lázzari-Ghione
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac.á72.696á"G., M.R.I. a los arts. 17 inc. 5º, 59 inc. 1º, 46 inc. 1º, ley 11.430".

//P., 2 de febrero de 1999.

AUTOS Y VISTO:

Que el escrito de fs. 58/65 carece de efectos procesales desde que el firmante no ha sido designado defensor del procesado (conf. P. 54.552, sent. del 20-XII-94; Ac. 43.467, 3-X-89; Ac. 71.207, 15-IX-98).

Que sin perjuicio de lo expuesto, cabe señalar que el recurso extraordinario de inconstitucionalidad sólo es admisible cuando en la instancia ordinaria se ha planteado y resuelto caso constitucional en los términos del art. 161 inc. 1º de la Constitución de la Provincia, es decir cuando se ha cuestionado la validez de alguna ley , decreto, ordenanza o reglamento con relación a...

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