Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 26 de Agosto de 2022, expediente CIV 025256/2017/CA003

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2022
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

25256/2017

O., M.

  1. s/CONTROL DE LEGALIDAD - LEY 26.061

Buenos Aires, 26 de agosto de 2022.-

AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto el 27/4/2021 frente a la regulación de honorarios del 26/4/2021.

Ahora bien, al ponderar las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su calidad y eficacia, la naturaleza del asunto, la ausencia de contenido patrimonial, el resultado obtenido, y las demás pautas establecidas en los arts. 1, 3, 16,19, 51, 54 y concordantes de la ley 27.423, los honorarios regulados a favor de la Dra. M.E.M.I., letrada de los tutores provisorios, resultan reducidos, motivo por el cual se los eleva en la cantidad de 5 UMA que al día de la fecha representan la suma de $45.005.

ASÍ SE DECIDE.

La vocalía número 27 se encuentra vacante.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el artículo 164, 2°

párrafo del Código Procesal y artículo 64 del Reglamento para la Justicia Nacional, sin perjuicio de lo cual será remitida al Centro de Información Judicial a los fines previstos por las acordadas 15/13 y 24/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

P.M.G.–.J.P.R.

JUECES...

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