Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 5 de Octubre de 2017, expediente CFP 016586/2016/CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 16586/2016/CA1 CCCF - Sala I CFP 16586/16/CA1 “M G D s/ sobreseimiento”

Juzgado N° 1 – Secretaría N° 2 Buenos Aires, 5 de octubre de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal, contra la resolución que luce a fojas 76/8, mediante la cual se declaró el sobreseimiento de G D M en orden al hecho investigado.

  2. El expediente tuvo su inicio a raíz de una extracción de testimonios ordenada por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°10 Dr. J.D.E., en el marco de la causa CFP 11918/13 caratulada “M G D s/ infracción a la ley 25.891”, en la cual se investigó la posible responsabilidad del nombrado por el delito previsto y reprimido por el artículo 12, agravado por el artículo 13, inciso “a” de la ley 25.891.

    A fojas 5 del presente expediente, obra una presentación del encartado en el legajo mencionado supra, en la cual con fecha 13 de marzo de 2014, acreditó su identidad con un D.N.I.

    N° ##.###.###, cuya matrícula fue constatada mediante el Registro Nacional de Electores (cfr. fojas 8 del expediente).

    A su vez, en la misma investigación, se procedió a constatar el domicilio del imputado, oportunidad en la que M se identificó a un oficial del Área de investigaciones Criminales de la Policía Metropolitana con un Documento Nacional de Identidad N°

    Fecha de firma: 05/10/2017 Alta en sistema: 06/10/2017 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: T.M.V., Secretaria de Camara #29126946#190346008#20171005142630817 Por ello, a raíz de las discordancias advertidas entre los números de los D.N.

  3. exhibidos por el nombrado, el objeto de la referida extracción de testimonios hizo foco en la investigación de la posible falsificación del último documento mencionado.

    En este sentido, se compulsó el Sistema Informático de la Cámara Nacional Electoral respecto del documento N° ##.###.###, el cual concluyó que le correspondía a V V G.

    Con posterioridad, se encomendó a la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal Argentina la realización de discretas tareas de inteligencia en el domicilio aportado a los efectos de constatar si efectivamente el imputado vivía allí o era conocido, las que arrojaron...

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