Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 22 de Mayo de 2017, expediente CCF 007345/2014/CA002

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 7345/2014 M,. D,. M,. C.G. c/ MEDICUS SA s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 22 de mayo de 2017.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por la actora a fs. 255/257 vta., concedido a fs. 258 y contestado por su contraria a fs. 259/263 vta., contra el pronunciamiento de fs. 252/253; y CONSIDERANDO:

  1. El señor Juez de primera instancia decidió declarar la caducidad de la instancia acusada por la demandada a fs. 239/240 por considerar que desde que se practicó la última actuación útil -en el caso, la notificación al perito médico designado de oficio- había transcurrido el plazo fijado por el art. 310 inc.2 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación sin que la accionante hubiera adoptado las medidas que fueran conducentes para hacer avanzar el juicio hacia la sentencia. Además, impuso las costas a la actora (conf. fs. 222 vta. y fs. 252/253, en su orden).

  2. En términos generales, la actora se agravia por entender que resulta improcedente el acuse de caducidad de instancia formulado por su contraria. Sostiene que su parte, en modo alguno ha abandonado el proceso y esgrime la falta de impulso por parte de la demandada de la prueba pericial médica ofrecida para tener por concluida la etapa probatoria. Resalta que el magistrado rechazó el pedido de negligencia planteado por su parte impidiéndole activar la marcha del proceso.

    Por último, aduce que la caducidad de instancia es un instituto de interpretación restrictiva. Cita jurisprudencia que estima aplicable al caso y solicita se revoque la decisión adoptada por el a quo.

    La accionada, al contestar el traslado pertinente, postula la deserción del recurso. Alega que la emplazante se limita a plantear su disconformidad y reedita argumentaciones formuladas en presentaciones Fecha de firma: 22/05/2017 Alta en sistema: 24/05/2017 Firmado por: RICARDO

  3. GUARINONI - ALFREDO S. GUSMAN , #24553827#179306911#20170519122247756 anteriores. Subsidiariamente, contesta el traslado cursado de conformidad con los fundamentos expuestos a fs. 259/263 vta.

  4. Que, en primer término, resulta imperioso aclarar que aunque el memorial de agravios muestra cierta falencia en la técnica recursiva pues reitera argumentos de presentaciones anteriores, razones que se vinculan con el interés de la materia traída a debate ante este Tribunal, donde se encuentran comprometidos derechos de raigambre...

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