Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 29 de Diciembre de 2016, expediente CFP 010354/2014/3/CA007

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 10354/2014/3/CA7 CCCF - Sala 2 CFP-10354/2014/3/CA7 “M.C., F. y otros s/ restitución de bienes”

J.. Fed. N° 8 - Sec. N° 15 Buenos Aires, 29 de diciembre de 2016-.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el D.D.A.B., defensor de F.M.C. y R.T.C.C., contra el auto de fs. 127 de la presente incidencia en cuanto resuelve tener por cumplida la restitución total de los bienes oportunamente entregados en carácter de depositario judicial a J.J.P. y G. J. V.

II- Se agravia el apelante al considerar que no se ha cumplimentado con la manda judicial de restituir la totalidad de los bienes incautados en el allanamiento de la calle M.L.n n° 34. de esta ciudad en tanto se han sustituido dos de las máquinas secuestradas y se han devuelto prendas de vestir en proceso de confección en estado de deterioro, cuestión esta última que no ha sido merituada por el a quo en el auto impugnado.

III- Sobre el punto debatido es necesario recordar que luego de la resolución de esta Alzada de fecha 12 de abril del corriente año en la cual se decretó la nulidad del auto por el cual se designaba depositarios judiciales a J.J.P. y G. J.

V. en estos actuados, el magistrado de grado ordenó a los nombrados restituir la maquinaria, los retazos de tela y las prendas confeccionadas e insumos para costura que les fueran entregados según acta de aceptación de fecha 23/12/15 (ver fs. 40); a partir de lo cual esa manda fue cumplida en los términos y condiciones que se desprenden de fs. 78/87, fs.93/4, 101/3 del incidente.

Ahora bien, con relación a ello con fecha 1° de junio del corriente año un abogado en representación de M.C. y C.C.

formuló una denuncia que dio inicio a la causa n° 7285/2016 que tramita por ante el...

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