Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 10 de Octubre de 2017, expediente CAF 037432/2010/CA001
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2017 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-
SALA II 37432/2010 “LUIS LOSI SA Y OTRO c/ EN DNV RESOL 777/01 623/09 (EXPTE
11180/10) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”
Buenos Aires, de octubre de 2017. MVD Y VISTOS: CONSIDERANDO:
-
Que a fs. 502/503 vta. la Sra. Jueza a quo, hizo lugar a la
demanda incoada por la firma L. individualmente y por las UTE
en las que participa, y condenó a la Dirección Nacional de Vialidad a
previsionar en el presupuesto anual a aprobar a partir de que se
encuentre firme la sentencia, la suma que resulte de la liquidación que la
DNV deberá realizar bajo las mismas pautas utilizadas en la liquidación
de fs. 268/293, desde el 30/06/2011 y hasta su efectivo pago.
Sostuvo que en el caso bajo análisis la conducta desplegada
por la demandada, Dirección Nacional de Vialidad, trasuntaba un
allanamiento a la pretensión de la firma actora, ya que no se trató de una
deuda negada por la entidad estatal demandada, sino expresamente
reconocida con anterioridad y, además, la controversia judicial suscitada
en este pleito no se refirió a la existencia de la deuda, sino a la
determinación de la fórmula de cálculo de la misma.
Impuso las costas en el orden causado.
Tal sentencia fue modificada por esta S. en cuanto a la
imposición de las costas (únicos agravios presentados antes este
Tribunal), las que se impusieron en su totalidad a la demanda vencida
(confr. fs. 519/522) y quedó notificada el día 4/4/2017 (v. nota de fs. 522,
in fine).
-
Que a fs. 525/526 vta. la actora practicó liquidación, la que
fue realizada desde el 30/6/11 al 5/5/2017, utilizando para el cálculo de
los intereses la tasa del Comunicado 14.290 del BCRA dándole un total
de $ 6.352.854,11.
Corrido el traslado de la misma, la demandada, debidamente
notificada electrónicamente, no la impugnó con lo que la actora solicitó su
aprobación.
A fs. 530 la Magistrada aprobó en cuanto ha lugar por derecho
la liquidación realizada por la actora.
-
Que a fs. 533/vta., la demandada interpuso recurso de
apelación contra el auto que aprueba la liquidación y fundó su recurso a
fs. 535/539, el que fue contestado por su contraria a fs. 541/552 vta.
Fecha de firma: 10/10/2017 Alta en sistema: 23/11/2017 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #10582460#190332249#20171005164018899 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-
SALA II 37432/2010 “LUIS LOSI SA Y OTRO c/ EN DNV RESOL 777/01 623/09 (EXPTE
11180/10) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”
Expuso que si bien omitió cuestionar oportunamente la
liquidación practicada por su contraria, lo cierto es que la misma no se
ajusta a derecho, toda vez que la sentencia ordenó practicarla desde la
fecha 30/6/2011 hasta su efectivo pago.
Manifestó que el efectivo pago se corresponde con la fecha del
depósito acreditado en autos con fecha 22/10/13 por la suma de $
5.121.956,59.
Comentó que mediante Resolución Nº 117/2012 la autoridad
máxima de la Dirección Nacional de Vialidad ordenó el pago de la suma
depositada, como monto imputado a intereses de...
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