Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 26 de Marzo de 2021, expediente CNT 025650/2018/CA001

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII

Expte. Nº 25650/2018

JUZGADO Nº 17

AUTOS: "LUGO, R.A. c/ PROVINCIA ART S.A. s/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL"

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 del mes de marzo de 2021.-

VISTO:

Los recursos de apelación interpuestos por la demandada (fs.

188) y el perito médico (fs. 190) en relación a los honorarios regulados a éste último, por altos y bajos, respectivamente y;

CONSIDERANDO:

El señor Juez de grado homologó el acuerdo conciliatorio arribado por las partes (fs. 187) y reguló honorarios a favor del experto en la suma de $ 3.600.-

Los honorarios del perito, atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas y pautas arancelarias de aplicación se exhiben equitativos y ajustado a derecho (artículos 6, 19, 22 y 25 de la Ley 27.348).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la resolución apelada.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

Af. 03.02

LUIS A. CATARDO M.D.G.

Juez de Cámara Juez de Cámara Ante mí:

Fecha de firma: 26/03/2021

Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

C.R. GUARDIA

Secretaria Fecha de firma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR