Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 16 de Junio de 2017, expediente CSS 077112/2012/CA001

Fecha de Resolución16 de Junio de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1VCM Expte nº: 77112/2012 Autos: “L.S.M. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 9 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 77112/2012 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Contra la sentencia de fs. 90/91, que hizo lugar a la demanda en contra de la ANSeS y ordena que abone los haberes del actora en la forma en que lo venía efectuando antes de la baja establecida por la resolución revocada y se restituya al accionante las sumas no abonadas.

  2. A. cuestiona lo decidido y alega lo dispuesto por los arts 8 y 9 ley 24018 en tanto sostiene que no se cumplen los requisitos del art 17 ley 19549.-

    III.-La actora promovió la presente acción, a fin de que se establezca que el régimen jubilatorio en el que se encuentra comprendida, es el de la ley 24.018, toda vez que ostenta el cargo de Jefe de Despacho de 1ra., que es uno de los enumerados en el ANEXO I del art. 8 de la norma.

    Señala además, que presentó renuncia condicionada que le fue aceptada por resolución de la Cámara Nacional Electoral con fecha 22/06/2011 y que el organismo previsional le otorga el beneficio ley 24018 el 9-11-11 por desempeñarse como jefe de despacho con 33 a 04 m 6 días de servicios totales y 24 a 8m 28 d de servicios desempeñados para Poder Judicial

  3. En virtud del reescalafonamiento establecido en el año 2004 por el Consejo de la Magistratura, mediante Resolución 471 del 11 de noviembre, se dispuso que el cargo de Oficial Mayor pasara a denominarse Jefe de Despacho.

    El Consejo de la Magistratura, habida cuenta que quienes se desempeñan en esta categoría y en razón de la delegación de funciones cada vez más instalada en el ámbito de la justicia cumplen funciones asignadas a los Prosecretarios Administrativos, significando para estos agentes la asignación de los deberes que el art. 38 bis del CPCCN establece, por Resolución 196, del 19 de abril de 2006, acordó la modificación de la denominación correspondiente al cargo de Jefe de Despacho por el de Jefe de Despacho de 1ra., a efectos de que dichos agentes cumplan con el aporte previsto en el art. 31 de la ley 24.018.

    V.C. con lo dispuesto por la Res. 196/2006 se comenzó a realizar a todo el personal del Poder Judicial de la Nación, dependiente del Consejo de la Magistratura los correspondientes descuentos en función del art. 31 de ley 24.018.

  4. La cuestión aquí suscitada, ha sido resuelta por parte de este Tribunal en sentido favorable a lo peticionado, en autos...

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