Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 29 de Septiembre de 2021, expediente CIV 025143/2018/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

EXPTE. N° 25143/2018 “LUCERO, E.K. c/ OCHOA,

L.S. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.

TRAN. SIN LESIONES)” – (J.22)

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los.

días del mes de septiembre de 2021, reunidos en acuerdo los S..

Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil,

S. “F” para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: S.. Jueces de Cámara Dres. GALMARINI.

POSSE SAGUIER. La vocalía n° 17 se encuentra vacante.

A las cuestiones propuestas el Dr. G. dijo:

  1. La actora E.K.L. demandó a L.S.O., J.M. de la Cruz y/o contra quienes resulten ser titulares, y/o poseedores y/o tenedores y/o usufructuarios y/o civilmente responsables de los rodados marca Fiat Uno, dominio EDZ-737 y del camión Mercedes Benz 1114,

    patente SUH-405, solicitando la indemnización de los daños derivados del accidente de tránsito ocurrido el día 28 de octubre de 2016 mientras se encontraba estacionada en su automóvil marca Fiat Palio Weekend, dominio ITN-299, sobre la mano derecha de la calle L.N.A., J.C.P., de doble sentido de circulación.

    Relató que su vehículo estaba estacionado en el lugar indicado con sus luces de balizas encendidas, para permitir el descenso de una persona de dicho rodado sobre el lado de la vereda, cuando fue violentamente embestida en el lado izquierdo trasero por el vehículo Fiat uno 1.3, con dominio EDZ-737, conducido por Luciano S.

    Ochoa, quien -a su vez- manifestó que se le apareció el camión Fecha de firma: 29/09/2021

    Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Mercedes Benz 1114 (SUH-405), conducido por De la Cruz, desde la calle lateral, C.S., el que ingresó a la calle A. y embistió al automóvil del codemandado, originando la colisión de este último con el vehículo de la actora. Solicitaron la citación en garantía de “Seguro Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada”,

    por el primero de los mencionados vehículos, y la de “Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada”, por el camión.

    El Sr. Juez de primera instancia rechazó la demanda contra L.S.O. y su citada en garantía “Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada” y la admitió contra J.M. de la Cruz, condenando a la parte demandada a abonar a la actora la...

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