Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 14 de Julio de 2017, expediente CNT 078219/2014/CA001

Fecha de Resolución14 de Julio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X 78219/2014 LUCCIARINI, G.D. c/ CAMINOS PROTEGIDOS ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL CABA, 14 de julio de 2017.- MP El DR. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios que contra la sentencia de fs. 198/202 interpusieron el actor a fs.

    207/210 y la demandada a fs. 211/212, ambos con réplica adversaria a fs. 214 y 217/218.

    Apela asimismo la perito médica (fs. 206) disconforme con la regulación de sus honorarios.

  2. Razones de método imponen en análisis de los agravios deducidos por ambas apelantes relacionados con el porcentual de incapacidad atribuido al accionante.

    Sobre la cuestión considero que la crítica del actor no tendrá favorable recepción pues pese a la enjundia que evidencia el memorial recursivo lo cierto es que no se advierten argumentos que posibiliten revertir la decisión de grado en cuanto descartó que los problemas cardiológicos que padece guarden un nexo de causalidad adecuado con las tareas cumplidas.

    En efecto, no surge del escrito de inicio bajo qué circunstancias el actor sufrió el primero de los episodios cardíacos denunciado (10/07/2014) pues refirió que se encontraba bajo tratamiento kinesiológico por la lesión en la rodilla izquierda cuando experimentó “un episodio inesperado” (sic)… siendo las 12,30 horas aproximadamente Fecha de firma: 14/07/2017 Alta en sistema: 31/08/2017 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #24568584#183985351#20170714093942182 sintió un fuerte dolor en el pecho y fue conducido por un vecino hasta la clínica perteneciente al sindicato de camioneros y al día siguiente le colocaron un stent (ver relato de fs. 6 vta./7).

    Si bien a fs. 68 denunció que debió ser intervenido quirúrgicamente por una complicación cardíaca, no puede soslayarse que tal hecho ocurrió casi un año después del primer episodio y tampoco explicitó bajo qué circunstancias se originó, todo lo cual impide endilgarle responsabilidad a la demanda por las consecuencias que derivaron de ambos episodios.

    En lo atinente a la incapacidad psicológica que informó el peritaje médico y al tener en cuenta que quedó descartado el factor causal del padecimiento cardiológico corresponde atribuir sólo el 50% del grado de minusvalía peritada al factor laboral (art. 386 del CPCCN).

    Previo a establecer el nuevo monto de condena corresponde analizar los agravios...

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