Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 10 de Agosto de 2022, expediente COM 001259/2022/CA001

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

DE LUCA, S.N. Y OTRO c/ AEROLINEAS

ARGENTINAS S.A. s/EJECUTIVO

ExpedienteN° 1259/2022/

Buenos Aires, 10 de agosto de 2022.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por los profesionales beneficiarios de la regulación apelada, se confirman en 6 UMA –equivalentes a $ 54.006 al día de la fecha- los honorarios de los letrados apoderados de la actora, D..

A.T. y M.C.M., en conjunto, regulados a fs.

89 (arts. 14, 15, 16, 19, 20, 21, 24, 29 inc. f) y 34 de la ley 27.423).

N. por Secretaría.

Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art.

4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.

Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf.

art. 109 RJN).

E.R.M.

J.V.

R.F.B.

Fecha de firma: 10/08/2022

Alta en sistema: 11/08/2022

Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

DE LUCA, S.N. Y OTRO c/ AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. s/EJECUTIVO Expte. N°1259

Firmado por: E.R.M., VOCAL

Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

SECRETARIO DE CÁMARA

En la misma fecha se registró la presente en el protocolo de sentencias del sistema informático Lex 100. Conste.

R.F.B.

SECRETARIO DE CÁMARA

Fecha de firma: 10/08/2022

Alta en sistema: 11/08/2022

Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

Firmado por: E.R.M., VOCAL

Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

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