Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 2 de Junio de 2016, expediente CIV 046053/2013/CA001

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2016
EmisorCamara Civil - Sala D

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D Sala “D” - Autos: “L.S.H. y otros c/ Petliuk, L.S. y otros s/ Daños y perjuicios” (expte.

n° 46.053/2013 – J. n° 30)

Buenos Aires, de junio de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I - Viene el expediente a este Tribunal en virtud de los siguientes recursos de apelación: a) el interpuesto a fojas 201, por el codemandado L.S.P. contra la decisión de fojas 197/198 que desestimó la excepción de incompetencia opuesta a fojas 91 punto II con costas al vencido y b) el interpuesto a fojas 262 por la codemandada B.I.D., contra la decisión de fojas 257/259 que no hizo lugar a la nulidad de la notificación opuesta a fojas 231/237.

  1. Con el memorial obrante a fojas 206/208, se funda el recurso interpuesto a fojas 201. Su traslado, conferido a fojas 221, fue contestado a fojas 224/225. Solicita se revoque la decisión apelada en razón que la prórroga de jurisdicción a la que hace referencia el Juez de grado lo fue para el supuesto que no se desocupara el inmueble, en cambio aquí se persigue el cobro de sumas de dinero por el tiempo que la señora D. quedó indebidamente en el inmueble luego de vencido el contrato, por lo que no guarda relación alguna con el convenio de desocupación.

  2. Con el memorial obrante a fojas 279/282, se funda el recurso. Su traslado, conferido a Fecha de firma: 02/06/2016 Firmado por: B.P. BRILLA DE S.A.M.R.O.O.Á., JUECES DE CAMARA #13689641#154558063#20160531150916211 fojas 283, fue contestado a fojas 286/288. Solicita se revoque la decisión apelada en cuanto manda a promover incidente de redargución de falsedad, puesto que al haberse practicado la notificación en extraña jurisdicción deberá ser allí donde se promueva la referida acción, por ello solicita que hasta tanto ella se decida se disponga la suspensión de las presentes actuaciones. Asimismo, plantea como hecho nuevo el inicio ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n° 4 del Departamento Judicial de Zárate Campana, Pcia. de Buenos Aires del expediente “D., Blanca Isabel c/

    Nigrosini, N.C. s/ Redargución de falsedad”.

    II – Recurso de apelación interpuesto a fojas 201, contra la resolución de fojas 197/198:

  3. Liminarmente cabe señalar que a fojas 184 de los autos “Lu S.H. y otro c/ Petliuk, L.S. s/ Cobro de sumas de dinero” (expte.

    n° 30.267/2013), que en este acto se tiene a la vista, este tribunal tuvo oportunidad de decidir que en razón de la íntima vinculación entre la...

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