Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 28 de Julio de 2023, expediente FSA 001644/2023/CA001
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II
LOPEZ, S. NIEVES c/ ANSES
s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
Expte.
N°FSA1644/2023 (Juzgado Federal N° 1 de Salta)
Salta, 28 de julio de 2023.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
1) Que vienen las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada en contra de la sentencia del 25 de abril de 2023, por la que el magistrado, declaró abstracta la acción de amparo por mora de la administración interpuesta por la señora S.N.L. en contra de la Administración Nacional de la Seguridad, imponiendo las costas a la vencida y regulando los honorarios profesionales de la Dra. A.M.A. en 3 UMA (UMA= $ 14.933- Acordada 09/2023) equivalente a la suma de $ 44.799 (pesos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y nueve) con más el correspondiente IVA en su caso, siendo la demandada la obligada al pago en el plazo del art. 54.
2) Que la demandada se agravió respecto de las costas, solicitando que sean distribuidas por su orden en aplicación del art. 21 de la ley Nº 24.463.
Por otra parte consideró elevados los honorarios fijados a la Dra. A. por su labor desarrollada en autos.
2.1) Corrido el traslado de ley, la actora no contestó, por lo que se tuvo por decaído el derecho dejado de usar.
3) Que, en relación a las costas, atento que la actora se vio obligada a iniciar la presente acción debido a la mora del organismo previsional, cabe Fecha de firma: 28/07/2023
Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.R.S., SECRETARIO DE JUZGADO
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II
rechazar la pretensión de la ANSeS de distribución de costas por el orden causado.
Que en el contexto de esta causa -amparo por mora de la administración- y frente a la solicitud de la ANSeS referida a que las costas sean distribuidas por su orden en aplicación del art. 21 de la ley 24.463, no se advierte razón que justifique el apartamiento del principio general de su imposición a la vencida (art. 68 del CPCCN). En igual sentido se expidió este Tribunal en “P., O.E. c/ANSeS s/Amparo por Mora de la Administración” Expte. N° 10413/2019”, sentencia del 19 de febrero de 2020,
entre muchos otros.
4) Que por otra parte, del propio auto regulatorio emerge prístino que el magistrado ha señalado expresamente que el proceso carece de monto,
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