Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 2 de Octubre de 2019, expediente FSA 011000143/2011/CA001

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II “LOPEZ, SANTOS MARCIANO C/ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO ARGENTINO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS”

EXPTE. Nº FSA 11000143/2011/CA1 JUZGADO FEDERAL DE SALTA Nº 1 ta, 2 de octubre de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación de fs. 176.

CONSIDERANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones en virtud del recurso de referencia deducido por el apoderado del Estado Nacional en contra de la resolución de fecha 12 de abril de 2019 por la que el juez de la instancia anterior resolvió modificar la planilla aprobada a fs. 136 -por $ 194.081,64 al 31/7/12-, por la suma total de $ 218.069, 25 al 30 de septiembre de 2016, dejando establecido que el monto de $ 41.203,79 concierne a los aportes a favor del Instituto de Ayuda Financiera. Asimismo, aprobó la planilla de actualización reformulada por la suma de $320.364,10 al 12 de diciembre de 2018, dejando establecido que la suma de $ 60.532,22 corresponde a los aportes deducidos a favor del IAF (fs. 170/171 y vta.).

1.1) Que el sentenciante, para resolver de esa manera, señaló que si bien el Instituto indicó que los intereses fueron actualizados a julio de 2016, al emplear la fórmula prevista para la tasa pasiva surgía que dichos intereses fueron computados hasta el 30/9/16.

Bajo ese marco, cotejó la planilla de actualización presentada por la actora a fs. 164/165 y advirtió errores en la misma al partir de un monto y Fecha de firma: 02/10/2019 Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.X.S.P., SECRETARIA DE CAMARA #11695555#245935512#20191002094640566 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II fechas incorrectas, y utilizar una tasa de interés distinta a la estipulada por sentencia, por lo que procedió a reformularla.

2) Al expresar agravios el apoderado de la parte demandada (fs.178/179 y vta.) manifestó que la metodología de cálculo utilizada en la resolución judicial de fecha 12/4/19 para actualizar los intereses es incorrecta, ya que incurre en la práctica de anatocismo al computar nuevos intereses sobre el monto de $ 176.865,46 -suma que se compone por el capital aprobado $

77.129,20 e intereses actualizados hasta el 30/9/16 por un valor de $

99.736,26-.

Asimismo señaló que el IAF reconoce los intereses desde el mes que se genera la deuda de capital hasta el efectivo depósito, pero actualizando la deuda mes por mes y no de manera global como se practica en la...

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