Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - CAMARA CIVIL - SALA FERIA, 18 de Julio de 2018, expediente CAF 051288/2018

Fecha de Resolución18 de Julio de 2018
EmisorCAMARA CIVIL - SALA FERIA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA FERIA 51288/2018 Fs. 191 L.P., M.G. Y OTRO c/ EN-M JUSTICIA DHH-IGJ s/AMPARO Buenos Aires, de julio de 2018.- LF AUTOS Y VISTOS:

  1. Vienen estos autos al Tribunal a efectos de resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 187/188 contra el decisorio de fs. 185/186 por el que se denegó la medida de no innovar solicitada por el recurrente.

  2. Examinadas las actuaciones, se advierte en la especie, que la expresión de agravios no alcanza a constituir una crítica concreta y razonada del decreto atacado. En efecto, a criterio de este Tribunal, el memorial no cumple la carga que el art. 265 del rito le impone pues no ha reprochado con adecuada eficiencia las razones fundantes de la decisión de la juez de grado, habiendo omitido el interesado exponer eficazmente su crítica respecto de los términos de la decisión recurrida.

    Es que el citado artículo 265 del Código Procesal impone, con la finalidad de mantener el debate en un plano intelectual antes que verbal, que la crítica dirigida a la resolución sea concreta, lo cual significa que el recurrente debe seleccionar del discurso del magistrado aquellos argumentos que constituyan estrictamente las ideas dirimentes y que formen la base lógica de la decisión. Efectuada esa labor de comprensión, incumbe luego al interesado la tarea de señalar cuál es el punto del desarrollo argumental que resulta equivocado en sus referencias fácticas o en su interpretación jurídica.

    Cuando el litigante no formula su expresión de agravios de esa manera, cae derrotado por la falta de instrumental lógico de crítica, antes que por la solidez de la sentencia (CNCiv, S.H., R. 480.721 Fecha de firma: 18/07/2018 Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA #32186117#211630438#20180718115338979 del 22/5/07, “R., E.B. c/ Cons. P.. Tacuarí 796 s/

    daños y perjuicios”; entre muchos otros).

  3. ...

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