Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 29 de Junio de 2017, expediente CIV 011110/2015

Fecha de Resolución29 de Junio de 2017
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 11110/2015 LOPEZ, M.I. c/ UNION DE GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de junio de 2017.CS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal de Superintendencia con motivo del conflicto negativo de competencia planteado entre los Juzgados Civil n° 29 y Contencioso Administrativo Federal n° 10, Secretaría n° 19, por lo que corresponde al Tribunal dirimirlo, en virtud de lo dispuesto por el art. 24, inc. 7 del Decreto Ley 1285/58.

La actora promueve demanda contra Unión de Gestión Operativa Mitre Sarmiento (UGOMS) con motivo de los daños y perjuicios que dice haber padecido como consecuencia del accidente que sufriera el día 13 de junio de 2013, cuando se encontraba a bordo de la formación del tren Sarmiento con destino a C..

De conformidad con lo dispuesto por los arts.

4 y 5 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y la jurisprudencia aplicable, para la determinación de la competencia corresponde -en principio- tomar en cuenta la exposición de los hechos que el actor formula en la demanda y el derecho que invoca como fundamento de su pretensión.

En la especie, atento la fecha en la que se habría producido el supuesto accidente, se habrán de compartir los argumentos vertidos por el Sr. Fiscal General a fs. 72/74, a los cuales cabe remitirse brevitatis causae, en el sentido de atribuir la competencia para conocer en el presente a la Justicia Civil.

Ello es así, habida cuenta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha resuelto con fecha 12 de abril de 2016, en los autos caratulados “Escaris, S.R. c/ EN –DNV –OCCOVI y otros s/daños y perjuicios”...

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