Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Noviembre de 2019, expediente P 129258

PresidenteGenoud-Soria-Negri-Kogan
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2019
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 6 de noviembre de 2019, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresG., S., N., K.,se reúnen los señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 129.258, "., M.R.. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 79.552 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV".

A N T E C E D E N T E S

La Sala IV del Tribunal de Casación Penal, el 9 de febrero de 2017, rechazó por improcedente el recurso interpuesto por el secretario de la Defensoría General departamental, contra la resolución de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Quilmes que revocó -haciendo lugar al recurso fiscal- el auto del juez de ejecución que había concedido a M.R.L. la libertad asistida en los términos de libertad condicional, por considerar que en el caso no concurrían las condiciones establecidas en el art. 14 del Código Penal pues, si bien no mediaba una declaración de reincidencia del nombrado, revestiría tal calidad en atención a los informes de antecedentes agregados a estas actuaciones. Sin costas en esa sede (v. fs. 40/45).

Contra ello, la defensa oficial dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 49/58 vta.) que fue desestimado por inadmisible por el tribunala quo(v. fs. 75/79 vta.). Presentada la queja pertinente por la defensa oficial (v. fs. 142/153 vta.), esta Corte la declaró procedente, concediendo la vía impugnativa deducida (v. fs. 157/160).

Oído el señor P. General (v. fs. 167/168 vta.), dictada la providencia de autos (v. fs. 169), y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Ha devenido inoficioso el tratamiento del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, el señor J.d.G. dijo:

  1. En la impugnación bajo estudio, el señor defensor denuncia que la sentencia recurrida incurre en arbitrariedad, vulnera los principios de cosa juzgada, preclusión y progresividad, las garantías de defensa en juicio y debido proceso, así como el principio de prohibición dereformatio in peius. En sustancia, sostiene que al condenado M.L. se le agravó la pena al tenérselo por reincidente, ya que ello importó privarlo del derecho a obtener la libertad condicional que estaba en...

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