Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 9 de Febrero de 2009, expediente 24.189

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2009

Poder Judicial de la Nación Expte. Nº 24.189

"LOPEZ, M.H. c/Ejército Argentino s/ordinario"

Juz. Fed. Com. R..

C.R., Provincia del Chubut, a los nueve días del mes de febrero de dos mil nueve, reunidos en Acuerdo los señores Jueces de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones con asiento en esta ciudad, para conocer del recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "LOPEZ, M.H. c/Ejército Argentino s/ordinario", en trámite ante esta Alzada bajo el Nº 24.189,

provenientes del Juzgado Federal de esta ciudad.

Respecto de la sentencia corriente a fs.

214/219, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es justa la sentencia apelada?

El D.A.S. dijo:

I.V. estos autos a conocimiento y decisión del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la demandada -Ejército Argentino- a fs. 220 contra la sentencia USO OFICIAL

definitiva de primera instancia obrante a fs. 214/219 que resuelve:

1) Admitir la demanda interpuesta por M.H.L. contra Ejército Argentino y declarar la invalidez de la disposición 289-

1244/5 del 17 de junio de 1999 emitida por jefatura I Personal EMGE y hacer lugar al pago de $ 25.000 en concepto de indemnización (arts.

13, 14 incs. a y b y 17 ley 19.549; arts. 1038; 1047 y 1050 Código Civil; art. 21 ley 17.409; 2) Ordena aplicar la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina,

incrementada en un 0,5% nominal mensual, a partir del 01 de julio de 1999 y hasta su efectivo pago; 3) Impone las costas a la vencida y 4)

R. los honorarios de los profesionales intervinientes.

Radicadas las presentes actuaciones ante esta alzada, a fs. 232 se ordena poner los autos a la Secretaría a los fines del art. 259 del CPCCN, quedando la actora notificada a fs. 233

y la demandada mediante cédula de fs. 234 dirigida al Ejército Argentino, Estado Nacional/Dres. D.O.H. y J.J.R..

A fs. 236/238 se agrega expresión de agravios presentada por los Dres. D.M.C.B. y Noelia G.

Fernández invocando la representación del Estado Nacional Ejército Argentino, quienes acreditan la personería invocada como Delegados Asistentes del Cuerpo de Abogados del Estado, en virtud de la designación que se les efectuara mediante Resolución nº 11 de fecha 15 de mayo de 2008 dictada por la Procuración del Tesoro de la Nación.

Con motivo de dicha presentación, a fs. 241 se corre el traslado que ordena el art. 265 del CPCCN, presentándose la accionante a contestar los agravios allí vertidos.

A fs. 245 se llama Autos a Sentencia, quedando estas actuaciones en estado de ser resueltas.

  1. Del estudio de autos surge que a fs. 120 se presentan los Dres. D.O.H. y G.S.A. con el patrocinio letrado del Dr. J.J.R., tomando...

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