Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 24 de Septiembre de 2019, expediente CNT 054151/2014/CA001

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 54151/2014 - LOPEZ, H.O. c/ GALENO ART S.A.

s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 24 de septiembre de 2019.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.Á.E.B. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia que desestimó parcialmente el reclamo recurre el accionante a mérito del escrito de fs. 151/154, sin réplica de su contraria.

  2. El recurrente cuestiona que el Sr. Juez de grado haya desestimado la indemnización solicitada con relación a su incapacidad psíquica y las sumas reclamadas a fin de sustentar el tratamiento psicológico recomendado y la tasa de interés impuesta.

    El sentenciante admitió el reclamo relativo a la minusvalía física del trabajador y estimó que el accionante padecía una incapacidad del 4.5% de la t.o.

    vinculada al infortunio motivo del reclamo.

    Al efecto consideró que el porcentual de minusvalía psicológica determinado por la perito médica interviniente resultaba excesivo y no guardaba una proporción adecuada con el infortunio denunciado en autos. Para así decidir, tuvo en cuenta que el grado de minusvalía psíquica informado resultaba mayor al atribuido a su incapacidad física y que dadas las circunstancias en que ocurrió el accidente éste no resultaba susceptible de provocar en forma autónoma la patología psíquica informada.

    Adelanto que, de prosperar mi voto, la queja no ha de tener favorable recepción, en tanto considero que no cumple con los requisitos de debida fundamentación a los que alude el art. 116 de la L.O.

    El recurrente argumenta que el señor magistrado no debió apartarse de lo dictaminado por la Fecha de firma: 24/09/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #24155699#245211117#20190924111036014 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX perito médica interviniente, con sustento en el psicodiagnóstico efectuado por el Licenciado Vito Spezzi, quien informó que padece una Reacción Vivencial Anormal Neurótica con manifestación depresiva grado II que le genera una minusvalía del 10% de la t.o.

    Sin embargo, lo cierto es que el sentenciante -además de entender que era excesivo el porcentaje de minusvalía estimado por el experto- consideró que no era posible establecer la existencia de un vínculo entre la patología psicológica informada y el evento dañoso que motivó el presente reclamo, en atención a las circunstancias en...

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