Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 29 de Noviembre de 2016, expediente CIV 003450/2015

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 3450/2015 L.B., H. c/ GORDON, G.F. s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Buenos Aires, de noviembre de 2016.-

Autos y vistos:

  1. Contra la providencia de fs. 102, que corre traslado de la demanda, interpone recurso de apelación, en forma subsidiaria al de revocatoria, la parte demandada. Sus agravios obran a fs. 103/107 y fueron respondidos a fs. 110/111.

    Sustancialmente explica que la litis se encontraba previamente trabada con su contestación espontánea de la demanda y que, por ello, no correspondía admitir su reformulación que intenta la parte actora.

  2. Desde la providencia de fs. 50, con la que se dio respuesta al intento espontáneo de responder la demanda, se había señalado que aún no se había corrido traslado de la misma y que se aguardaba que la parte actora acompañara un documento que le había sido requerido.

    Lo anotado da cuenta que desde ese momento no se consideró

    precluída la posibilidad de modificar el escrito postulatorio para la accionante y también indica que el planteo que se intenta deducir es extemporáneo ya que, en su caso, debió apelarse la providencia citada.

    de modo tal que la firmeza alcanzada por tal decisión torna inadmisible la vía recursiva intentada por el recurrente habida cuenta que el proveído de fs. 221 es consecuencia de aquél.

    En forma pacífica y reiterada se ha decidido que la providencia que es solo consecuencia de otra resolución anterior que se encuentra firme es inapelable, pues lo contrario importaría tanto como consentir la revisión de decisiones judiciales pasadas en autoridad de cosa juzgada, violentando el principio de inmutabilidad (cf. CNCivil, S.B., R. 273.931, del 2306-99; R. 291.835 del 16-3-00 entre otros ; id.

    Sala A, 27-6-94, JA, T...

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