Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 6, 30 de Septiembre de 2013, expediente 45.151/2012

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2013
EmisorSala 6

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 36177

SALA VI

Expediente Nro.: 45.151/2012

(J.. N°07)

AUTOS: “L.A.L. C/ AVINOU AUTOMOTORES S.A. Y

OTRO S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 30 de SETIEMBRE de 2013

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 111/112vta por el demandado contra la resolución de fs. 105/106 que desestimó la citación de tercero efectuada por el apelante a fs. 93 – apartado VII -. Recibe contestación de su contraparte a fs. 121/123vta.

Y CONSIDERANDO:

Que, la codemandada Auto Generali S.A. tras negar el vínculo laboral que se denuncia, plantea que se cite como tercero a Deutschecar S.A. por entender altamente probable que el actor hubiere laborado para la citada.

Que, en estos términos, la queja no logra conmover los argumentos esgrimidos por la Sra. jueza de primera instancia, toda vez que para que resulte procedente la citación requerida por la parte, debe existir, además del interés del citante y del citado, la posibilidad de que haya comunidad de controversia, requisito que en el caso no se cumple debido a que la demandada niega expresamente la relación de dependencia invocada y por ende carece...

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